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PREGUNTAS FRECUENTES Y RESPUESTAS DE LOS GRUPOS EMPRESARIALES EN COLOMBIA
¿Cómo ha definido la Superintendencia de Sociedades un grupo empresarial?
Un Grupo Empresarial es la pluralidad de compañías bajo una misma unidad de designio y control en cuanto a sus políticas, que impone una misma persona con poder suficiente sobre ellas.[1]
¿Cuándo se configura un Grupo Empresarial?
Habrá grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, exista entre las entidades unidad de propósito y dirección.[2]
¿Qué es subordinación?
La subordinación societaria corresponde al hecho de que el poder de decisión de una compañía esté, directa o indirectamente, sometido a la voluntad de otra u otras personas llamadas matriz o controlante.
¿Cómo saber si una sociedad es subordinada?
La ley ha establecido unas presunciones (no taxativas) de subordinación, por lo cual, si una sociedad cumple alguna de ellas, podría ser considerada una subordinada. Estas causales son:
¿Una persona natural puede ejercer control sobre una persona jurídica?
Sí. Una persona natural también podrá ejercer control sobre una o varias sociedades directamente o por intermedio o con el concurso de diferentes entidades.
¿Siempre que existe subordinación también existe Grupo Empresarial?
No. Para que se configure un grupo empresarial, además de la subordinación, es necesario que existe una unidad de propósito y dirección.
¿Qué se entiende por unidad de propósito y dirección?
Se entenderá que existe unidad de propósito y dirección cuando la existencia y actividades de todas las entidades persigan la consecución de un objetivo determinado por la matriz o controlante en virtud de la dirección que ejerce sobre el conjunto, sin perjuicio del desarrollo individual del objeto social o actividad de cada una de ellas.[4]
¿Qué indicios de unidad de propósito y dirección ha estudiado la Superintendencia de Sociedades para determinar si se configura o no un grupo empresarial?
En sus actuaciones administrativas la Superintendencia de Sociedades ha estudiado, entre otros, los siguientes indicios para determinar si se configura o no un grupo empresarial:
Autores: Néstor David Castrillón Bejarano e Ignacio Peláez Ospina
[1] Superintendencia de Sociedades. Oficio 220-164335 del 28 de septiembre de 2014.
[2] Artículo 28 de la Ley 222 de 1995.
[3] Artículo 261 del Código de Comercio.
[4] Artículo 28 de la Ley 222 de 1995.
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